miércoles, 1 de julio de 2009

Tributo al Pueblo Hondureño

Un video para compartir. Qué el mundo conozca otra versión de los hechos.



Comunicado oficial de la Corte Suprema de Justicia Hondureña:

Hechos según la Corte Suprema

Se acusa a Zelaya, a título de autor, de los delitos contra la forma de gobierno, traición a la patria, abuso de autoridad y usurpación de funciones en perjuicio de la Administración Pública y el Estado de Honduras.

Mi pregunta es ¿por qué lo dejaron irse a Costa Rica? ¿Un lavado de imagen? ¿Pensaron que sería una salida vista como menos intolerante que una prisión incondicional de este delincuente? Vaya torpeza, ahora el tiranuelo se hace el mártir por los foros internacionales con los cheerleaders vistiendo faldita corta, calzoncito rojo y medias de algodón haciendo el chorus line.

martes, 30 de junio de 2009

MEL EL CARETUCO INCONSTITUCIONAL

Expertos en Irrespetar Constituciones disfrutan de unas viandas y pastelitos
Escucha este Artículo en Audio:


Tengo muy buenos amigos en San Pedro Sula, esa ciudad pujante y emprendedora, motor industrial y comercial de Honduras, para cuyos habitantes los habitualmente sinuosos recorridos políticos de Tegucigalpa han sido siempre un obstáculo más que una ayuda para el desarrollo.

Cuando visito San Pedro contacto con un chofer amigo, un hombre humilde y muy trabajador que no se incomoda con los sufridos madrugones provocados por mi preferencia por vuelos tempraneros (prefiero no ocupar horas productivas en mis desplazamientos y, a ser posible, escojo volar entre las 5 y las 7 am). “A mí me va siempre muy bien, jefecito, no me puedo quejar. Trabajo siempre hay, si uno lo busca. El problema es que mucha gente se cree que el trabajo lo va a buscar a él, y así no es la cosa jefecito.” me cuenta sin borrar una sonrisa sincera y condescendiente de su rostro.

San Pedro tiene estas cosas: gente humilde que sale a enfrentar la vida sin pedirle favores y las mujeres más bellas de Centroamérica, con permiso de algunas panameñas. Quizás por eso San Pedro ha permanecido tranquilo, casi indiferente ante los acontecimientos de estos días.

He seguido con atención lo sucedido y para cualquiera que se preocupe mínimamente de leer la Constitución Hondureña, que no da lugar a la duda, es evidente que estábamos en presencia de un intento de golpe de Estado por parte del señor Manuel Zelaya, “Mel” para sus allegados, con el apoyo y asesoramiento de los tiranos Castrochavistas, incluyendo a nuestro adorado líder revolucionario , Rafael el hermano de Fabricio, a quien no le duele lo más mínimo reconocer que su último viaje a Honduras, precisamente a San Pedro, tuvo por objeto desarrollar la estrategia a seguir para el establecimiento de una Asamblea Constituyente que modificara la Constitución Hondureña, despreciando sin rubor, la legalidad vigente, tal y como han hecho ya en Venezuela, Bolivia, Ecuador y Nicaragua.

Y así, más sabido que cualquiera, el bigotón Mel, siguiendo los consejos del mandatario de la estirpe de los razonablemente listos, decidió aplicar el guión de la franquicia castrochavista sin importarle violar la constitución que él, Manuel Zelaya, juró defender. Así que con sus actos y pretensiones el primer delito que podría imputársele a Zelaya sería perjurio, y no sobre cualquier promesa electorera de campaña, sino en su juramento al asumir el cargo de Presidente de la República. Porque allá la Constitución, como en otros países, exige que aquel que quiera ser Presidente jure su cargo, en realidad a cualquier funcionario público al tomar posesión, siguiendo un protocolo estricto (ARTICULO 322.- Todo funcionario público al tomar posesión de su cargo prestará la siguiente promesa de ley: "Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes".)

A mí nunca me ha preocupado ser considerado “políticamente incorrecto”, así que poco me importa que los mandatarios de muchas partes del mundo, en definitiva políticos siempre en disposición de aferrarse al poder a como de lugar, incluyendo al superficial Obama, decidan quedarse con la imagen mediática y la versión unilateral de los hechos en lugar de preocuparse por conocer la legalidad Constitucional Hondureña. Todo parece santificarse con el apoyo de las mayorías, Poncio Pilatos se sentiría muy orgulloso viendo como se santifican a los Barrabases del mundo con un puñado de votos.

Convendría recordarles a estos profesionales del apoltronamiento, nalguiagradecidos del mullido sillón presidencial, que nadie puede estar por encima de la Ley, por mucho respaldo que tengan en votos. No son los primeros ni serán los últimos fascistas que buscan en las urnas el amparo que no les otorga la ley.

La Constitución Hondureña es muy clara. No admite confusiones. Mel es un golpista, porque así debe llamarse a cualquiera que pretenda violar el orden constituido saltándose la norma jurídica. Un delincuente, como cualquiera que haya violado otras leyes, y su actuación no deja lugar a dudas.

Resulta ciertamente vomitivo y repugnante ver como mandatarios que hace sólo unas semanas lanzaban su voz en grito para denunciar supuestas injerencias externas en el proceso Iraní, amenacen ahora con DERROCAR a un Gobierno que hasta ahora parece haberse apegado estrictamente a la norma jurídica máxima de su país, no está cometiendo crímenes de lesa humanidad y no tiene ni un solo fallecido en su actuar.

Particularmente desagradable el llamado a la REBELIÓN eructado por el mandamucho ecuatoriano, sospechosamente interesado en desviar la atención pública de nuestro país hacia cualquier cosa que no sean los actos de corrupción millonaria detectados en su gobierno. Gente que justificó asonadas como la del congreso a Abdalá, la de Lucio a Mahuad, la de ellos mismos forajidos en contra del propio Lucio, rechazando cualquier intervención de países extranjeros en la resolución de los problemas internos del Ecuador, ahora pretenden dar lecciones de democracia interviniendo con descaro buscando la alteración de la paz social Hondureña. No alcanzo a pensar que hubieran dicho si Clinton hubiese llamado a restaurar en el poder a Mahuad amenazando con derrocar a Gustavo Noboa, o peor, si Bush hubiera llamado al levantamiento popular, la desobediencia civil y la rebelión insinuando tener lista a la 6ta. Flota para acudir al rescate de Lucio. Mentecatos de doble moral que mantienen relaciones diplomáticas con el dictador Cubano, pero retiran sus embajadores de la Honduras constitucionalista.

Qué estupor escuchar al embajador Venezolano en la OEA diciendo que lo sucedido en Honduras era un golpe de las Oligarquías aferrándose al poder temerosas de perder sus privilegios, cuando Zelaya es quien claramente anticipa su obligatoria, legal y democrática salida del poder el próximo 27 de Enero y antepone sus ambiciones por encima de la Ley de su país. De Rypley escuchar a el GOLPISTA Hugo Chávez Frías, que tanto se quejó de la supuesta participación de gobiernos extranjeros en la intentona de golpe del 2002, hablar de Golpe de Gorilas (el orangután diciéndole cara de mono al oso) que van a derrocar. Y en todo esto involucrado el de las manos limpias, mente lúcida y el corazón ardiente, el mismo que acusaba a gobiernos anteriores de supuesto entreguismo al imperio, fungiendo de barra brava del CastroChavismo.

Interesante Opinión del director de un periódico en España:



Y como siempre, la opinión de Yoani, sensata y acertada, nos avisa de los riesgos a los que se enfrentan en Honduras.

Gracias al internet todavía quedan voces dispuestas a no comer del cuento oficial generalizado.

A pesar de las resoluciones de la ONU y de la OEA, el pueblo de Honduras se lanzó a la calle a protestar contra ZELAYA y el atropello del Chavismo.

ANÁLISIS DE LA CONSTITUCIÓN HONDUREÑA:

ARTICULO 4.- La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relaciones de subordinación. La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria. La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.

Acá no hay duda. La separación de Poderes es nítida. Ningún poder está subordinado a otro. Cada uno en su función. Mel no puede desconocer lo definido por el Poder Judicial. Buscar la reelección, así sea mediante una consulta no vinculante es, como mínimo, “conspiración para cometer el delito de traición a la Patria”. Nos podrá gustar o no, pero eso es lo que dice. Resulta risible ver como los lamesuelas de Castro exigen que se respete su “forma de democracia”, que no es tal, y su derecho a la autodeterminación, y luego saltan despavoridos porque en un país se prefiera, con mejor o peor criterio, no darle chance a una persona a perpetuarse en el poder, una medida que, asumida con patriotismo, exigiría que los políticos se esforzaran por dar cabida a nuevas voces, a relevo generacional y al saneamiento de la clase política.
ARTICULO 272.- Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante. Se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

Absoluta claridad en este artículo definiendo el papel de las Fuerzas Armadas Hondureñas. Todos los que se rasgan fariseicamente las vestiduras ante la intervención de los militares bien harían en leer la carta magna Hondureña y preguntarse si éstos han actuado dentro o fuera de sus funciones.

Aquí quiero ser muy claro: en mi opinión ha existido precipitación y no se debió actuar de esta manera, así la Constitución lo permita. Se le ha dado chance a un CARETUCO para aparecer ante la opinión pública internacional como un mártir de la democracia, cuando no es más que otro GOLPISTA TAPIÑADO buscando eternizarse en el poder.

ARTICULO 279.- El Jefe de las Fuerzas Armadas deberá ser un oficial General o Superior con el grado de Coronel de la Armas o su equivalente, en servicio activo, hondureño de nacimiento y será elegido por el Congreso Nacional de una terna propuesta por el Consejo Superior de las Fuerzas Armadas. Durará en sus funciones cinco años y sólo podrá ser removido de su cargo por el Congreso Nacional, cuando hubiere sido declarado con lugar a formación de causa por dos tercios de votos de sus miembros; y en los demás casos previstos por la ley Constitutiva de las fuerzas Armadas.
ARTICULO 321.- Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad. ARTICULO 322.- Todo funcionario público al tomar posesión de su cargo prestará la siguiente promesa de ley: "Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes". ARTICULO 323.- Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella. Ningún funcionario o empleado, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes ilegales o que impliquen la comisión de delito.
Mel viola con descaro el Artículo 279 al remover al Jefe del Estado Mayor. No estaba en sus funciones hacerlo. El General Romeo Vásquez tenía no sólo el derecho sino la obligación de negarse a obedecer la orden ILEGAL de Zelaya de desconocer lo dictaminado por el poder Judicial.

ARTICULO 373.- La reforma de esta Constitución podrá decretarse por el Congreso Nacional, en sesiones ordinarias, con dos tercios de votos de la totalidad de sus miembros. El decreto señalará al efecto el artículo o artículos que hayan de reformarse, debiendo ratificarse por la subsiguiente legislatura ordinaria, por igual número de votos, para que entre en vigencia.

ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente.

ARTICULO 375.- Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza o cuando fuere supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimiento distintos del que ella mismo dispone. En estos casos, todo ciudadano investido o no de autoridad, tiene el deber de colaborar en el mantenimiento o restablecimiento de su afectiva vigencia.

Los Candados Constitucionales son durísimos, casi imposibles de salvar, en lo que se refiere a ciertas cuestiones como el periodo Presidencial y la Prohibición de la Reelección. Después de toda la experiencia política, incluyendo derramamientos de sangre, los Hondureños tendrán sus razones para limitar el poder de sus gobernantes.

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