jueves, 3 de septiembre de 2009

NOTICIA DE UN SECUESTRO



¡¡¡NO SE PIERDAN
EL VIDEO DE JUANES
AL FINAL DEL POST!!!


Escucha este Artículo en Audio:


Resulta increíble la capacidad humana para ejercer crueldad sobre nuestros semejantes...
Casi tan increíble como nuestra capacidad para tolerarla...

Estos días nos hemos enfrentado al caso de Jaycee Dugard, la muchacha que fue raptada a la edad de 11 años, por un tal Phillip Garrido quien, en connivencia con su esposa Nancy, mantuvo secuestrada a la pequeña durante 18 años, abusando de ella y procreando 2 hijas de esa abominable relación (se habla que pudiera haber asesinado a dos hijos adicionales que nacieron varones).

Este pedófilo confeso había reconocido, en un testimonio judicial en 1977, que miraba a las niñas con lascivia ya desde que tenían siete y 10 años. Admitió haber hecho exposiciones deshonestas frente a algunas de ellas, y que frecuentemente se masturbaba, haciéndolo a menudo en lugares públicos, incluyendo al "lado de escuelas, escuelas elementales, en mi propio auto yo estaba observando a las jóvenes".

El Monstruo de Amstetten, el caso de Nastasha Kampusch, o el más cercano del Fritlz Colombiano, Arcedio Álvarez, nos producen, como es natural entre personas de bien, repulsión más allá de lo imaginable. Estoy convencido que si, a cualquiera de nosotros, sabiendo los crímenes de estos desalmados, nos dijeran que nos tomáramos fotos abrazándolos entre sonrisas, y nos dijeran que fuésemos a su casa a entretener un ratito a sus víctimas para que éstas se dieran cuenta de lo buena gente que sus captores son, nos negaríamos indignados. No cabría esperar otra cosa.

Hace 50 años, un tipo barbudo, con historial violento a sus espaldas, acompañado de unos cuantos amigotes, secuestró a todo un país. Sometió a sus víctimas e horribles torturas, manteniéndolas, junto con sus (de las víctimas) descendientes, encarceladas, obligadas a permanecer en dicho país, sometidas al esclavismo de tener que trabajar en lo que el barbudo y sus secuaces determinaran, a cambio de lo que ellos decidieran, fusilando por miles a aquellos que intentaban rebelarse o huir de aquella infame situación.

Todos estos atropellos, realizados a los ojos del mundo, ante la indignación de algunos, la indiferencia de muchos, y el aplauso incondicional de unos cuantos descerebrados sin corazón pero con mucho estómago. El suficiente como para aguantar, hasta procurar, la compañía, tomarse fotos e incluso lisonjear, haciendo un pavoroso elogio del sadismo, al culpable de 15 millones de casos como el de Jaycee Dugard.

Los expertos declaran que no es infrecuente que las víctimas, a pesar del trato vejatorio, e inhumano al que se ven sometidas, desarrollen sentimientos de afecto hacia sus verdugos. Según parece, forma parte del instinto de supervivencia: saben que sus captores tenían el poder y la capacidad de haber terminado con sus vidas y "agradecen" que no lo hicieran. Es lo que se conoce como "Síndrome de Estocolmo".

Existen 2 tipos de Cubanos: Las víctimas de la Revolución, y los Verdugos Revolucionarios.

Entre las víctimas, algunos decidieron rebelarse y buscaron por todos los medios terminar con su cautiverio. Otros desarrollaron el Síndrome de Estocolmo y sienten simpatía y afecto por sus verdugos. Algunos se han resignado a su situación, conscientes de las consecuencias mortales de la rebelión, y esperan con paciencia que el destino se lleve a sus captores. Sólo unos pocos héroes, usan su inteligencia para denunciar con sutileza pero gran efectividad, las infamias que les ha tocado vivir.

Hace unas semanas, circuló en internet el video donde Juan Carlos González Marcos, alias "Pánfilo", en evidente estado de embriaguez, interrumpía espontáneo una grabación, para reclamar que en Cuba lo que falta es "Jama", comida, que la gente pasa tremenda hambre.




Posteriormente, ya sobrio, intentó retractarse ante las amenazas de los CDR de su barrio.



Incluso su esposa, sabiendo el peligro que corre, también pide que les dejen tranquilos.



Pero el hambre y el licor pueden más que el miedo y Pánfilo vuelve a pedir jama.



El régimen de Castro, tan abiertamente admirado por Rafael Correa, ha condenado a 2 años de prisión a Pánfilo acusándolo de conducta predelictiva.

La única diferencia entre Castro y Phillip Garrido
es el número de víctimas.
(Castro Gana de largo)


Aguantar que nuestros dirigentes quieran hacerse fotos en complicidad con tiranos resulta lamentable, que además se adjudiquen el papel de Cheerleaders del Sadismo defendiendo y promocionando a un dictador, allá ellos; pero que quieran condenarnos a todos a vivir en un régimen infame y miserable donde no hay siquiera papel con el que limpiarse la nalga, imitar a un país donde no hay detergente con que lavar la ropa pero sobra limpiacristales en las tiendas porque, a pesar de que la mayor parte de las ventanas son de madera sin vidrio, a algún burócrata, planificador y centralista, se le ocurrió que era bueno tener abundancia de ese producto, es intolerable.

Ojala que los habaneros se diviertan con el concierto de Juanes en El Ojo de Saurón.

No se pierdan el Video (y dile a Raúl que no sea Cabrón...)



martes, 1 de septiembre de 2009

1984 CORREÍSTA (VIDEO)




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George Orwell publicó, en 1949, su novela “1984”. En ella describía una sociedad totalitaria, donde el ciudadano era despojado de su individualidad por un Gobierno que controlaba todo: los medios de producción y los medios de comunicación. Se vivía en una perenne escasez de todo, pero habían creado el Ministerio de la Abundancia para falsear la Economía. Las noticias eran continuamente manipuladas por el Ministerio de La Verdad, que, si era necesario, modificaba incluso los registros históricos, reinventando el pasado para manipular el presente.

El control a las personas se hacía mediante recursos metalingüísticos, la invención de la “Neolengua”, hablando de Amor y Paz donde sólo existían torturas y guerras. Se mantenía a la población en un estado de perturbadora psicosis colectiva, fomentando el odio hacia enemigos imaginarios a quienes se acusaba de todos los males. La gente, narcotizada en actos masivos, era vigilada por cámaras omnipresentes y por sus propios conciudadanos. Cualquier comportamiento sospechoso era denunciado y los sujetos acusados de traición eran sometidos a crueles procedimientos de “reinserción social”

El sábado pasado contemplamos, sin sorpresa, casi ya con la displicencia de la rutina, como la Cadena Sabatina del mandamucho se tornaba nauseabundamente orwelliana. Cómo ejemplo, la manipulación de todo el asunto de la difusión de una grabación hecha en el despacho del presidente, en la cual él mismo reconoce que en la Constitución no sólo hay modificaciones de forma sino también “de fondo”. El presidente no desmiente la veracidad de las declaraciones, incluso admite que se trató de una reunión pública, transparente, para lo cual exhibe un documento (suponemos que se trata de un registro oficial) y sus propias palabras en la matinée de la semana siguiente a la reunión donde reconoce que esta se dio. Ojo a este dato, porque, como se demostrará, es muy importante: se trata de una reunión de carácter oficial y público dentro de las funciones del Presidente.


(Video tomado de www.ecuadorenvivo.com)

El Sr. Fernando Balda, ex miembro de Alianza país, declara haber recibido esta grabación, sin que se revele la fuente de la misma, aunque da a entender que fue realizada por algún miembro de Alianza País o alguno de los presentes en la reunión.

Correa, visiblemente iracundo, se lanza a acusar a Sociedad Patriótica de un delito contra la Seguridad del Estado indicando que probablemente tiene micrófonos en el despacho presidencial y que así obtuvieron la grabación, y, al tiempo, acusa a Jorge Ortiz, al que califica de “tipejo”, y a Teleamazonas, Canal al que cataloga de “cloaca con antenas”, de violar el Reglamento de la Ley de Radiodifusión, que en su Capítulo XIX - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES, Artículo 80, Clase III, párrafo h, indica que:

Son infracciones técnicas las siguientes:

Reproducir videos y/o grabaciones magnetofónicas clandestinas y/o no autorizadas a grabar por parte del que o los que aparecieren involucrados o intervengan en el video o grabación, de manera que se afecte el derecho a la intimidad y al honor de las personas consagrados en la Constitución Política de la República.


Correa lee dicho artículo y concluye diciendo que “Claramente han roto el Reglamento y la Ley de Radiodifusión”. Esa conclusión, sujetándose a lo expresado en el mencionado artículo, es errónea porque no se dan los supuestos específicamente mencionados en dicho artículo ya que, tras escuchar la grabación, parece muy difícil concluir que su difusión afecte el derecho a la intimidad y el honor de ninguno de los involucrados, con lo cual no se requiere la autorización de los “grabados”.

Además:

La LEY ORGÁNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, indica en su Artículo 1, Principio de Publicidad de la Información Pública.-

"El acceso a la información pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado.

Se define Información Pública como:

Toda la información que emane o que esté en poder de las instituciones, organismos y entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema materia de la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste, en cualquiera de sus modalidades…"

Adicionalmente, en su Artículo 4, párrafo c, se indica que

“El ejercicio de la función pública, está sometido al principio de apertura y publicidad de sus actuaciones. Este principio se extiende a aquellas entidades de derecho privado que ejerzan la potestad estatal y manejen recursos públicos;”

Queda claro, por tanto, que, al indicar el propio mandatario que la reunión se produjo por motivos de índole pública, en dependencias públicas, en razón de sus funciones como Presidente de la República, y con miembros de una entidad de derecho privado que maneja recursos públicos (como un partido político) está reconociendo que la información emanada de dicha reunión es Información Pública y se sujeta al Principio de Publicidad de la misma.

Podría darse el caso de lo que se estipula como Información Pública Personal, que, específicamente, no está sujeta al principio de publicidad y comprende aquella derivada de los derechos personalísimos y fundamentales, del funcionario público como persona privada, pero la Sra. Salgado, cuya voz se escucha en la grabación, se dirige al economista Correa por el tratamiento de Presidente, no aparenta ser una reunión personal en horario y dependencias públicas, y el tema tratado (una posible manipulación de los textos constitucionales) es de interés público. Incluso una llamada telefónica que se produce durante la reunión, que podría caer en el supuesto de información personal privada, trata sobre temas de interés público (el interés del Gobierno por formar parte del Directorio de el Diario Hoy, por ejemplo), y el mismo Presidente no hace ninguna reserva atendiendo la llamada en presencia de sus invitados, eliminando la posibilidad de considerar la escucha como confidencial.

La difusión de la grabación, por tanto, independientemente de la fuente, no constituye delito, al menos no en contra del Artículo 80, pues se trata de información pública no confidencial sujeta al principio de publicidad.

Adicionalmente, por encima de cualquier Ley, se encuentra la Constitución, que en su Artículo 18 es muy clara cuando dice que:

“Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.
2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. [De acuerdo a la Ley de Transparencia, en su Artículo 17 se especifica que la información reservada, para serlo, entre otras cosas, debe haber sido clasificada como reservada, por lo que no aplicaría al asunto que compete ya que esta clasificación nunca se dió]. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.”

El mismo Presidente ha dado veracidad, verificación y contexto público a la información presentada en la grabación, que, obviamente, trata hechos de interés general. Malinterpretar el Artículo del Reglamento para ejecutar una sanción al Medio sería, en este caso, además de una arbitrariedad injusta, un procedimiento inconstitucional que podría suponer sanciones contra los funcionarios que procedan con dicha sanción.

Me alegro de no estar en las barbas del Ministro a cargo del tema pues se va a encontrar en la disyuntiva, nada agradable, de contradecir a su jefe supremo o violar la Constitución.

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