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Había comprometido un post para cuando tuviéramos resultados oficiales. Dichos resultados no llegarán hasta que se haga el 100% del conteo de votos, y falta todavía, procesar las actas del extranjero y algo, muy poco, del oriente. Mientras éstos no sean oficiales, no se publicarán y, por tanto, tampoco entrará en vigencia el todavía Proyecto. Sin embargo, las cifras actuales permiten sacar algunas conclusiones ciertas.
Algún sabio dijo una vez que “las Elecciones ni se ganan ni se pierden, solamente se interpretan” y creo que resultará complejo encontrar un ejemplo más palpable de la inobjetable validez esta afirmación, que los resultados del referéndum del 28 de Septiembre. Los que se dejaron 900.000 votos en el camino hablan de “aplastante paliza”, y presentan a los que aumentaron su caudal de electores en 1,2 millones, como un equipo perdedor.
La crudeza de las cifras exhibe con impudicia un resultado muy pobre para una Constitución que pretende ser de todos y para todos:
De 9,8 millones de electores convocados, menos de la mitad, 4,7 millones, dieron su respaldo al proceso.
La matemática es una ciencia “pura”, inapelable, 2+2, aunque se embadurne de maquillaje, sólo puede sumar cuatro. La Constitución entrará en vigencia, a favor y en contra de todos, con su confusa redacción sujeta a interpretaciones mañosas, sus vacíos a pesar y por causa de su obesa articulitis, sus reconocidas barbaridades y sus indudables fallas horrorosas. Y todo eso, con un poco impresionante 64%. Un aprobado mediocre, con escasa brillantez, no parece un cimiento sólido para el cacareado “cambio de época en época de cambio”. Políticamente les servirá, pero, en mi opinión, 64-36 es un margen insuficiente para IMPONER un nuevo modelo ECONÓMICO. Hacerlo supone ignorar los deseos de UN TERCIO de los Ecuatorianos que merecen ser escuchados.
En realidad, lo que diga o deje de decir la Constitución, no importa tanto en un país que, tradicionalmente, le ha parado poca bola a sus Cartas Fundamentales, y van nada menos que 20. A nadie le era desconocido que el artículo que exigía dedicar a Educación un 30% del presupuesto general del Estado, era humillado a vista y paciencia de legisladores, fiscales, jueces y ciudadanos cada vez que el Ejecutivo de turno presentaba las cuentas del Gobierno. Mejor no hablar de la dolarización, que a pesar de ser una medida extremadamente beneficiosa para el país, era totalmente anticonstitucional y por tanto ilegal.
No sé por qué la nueva Constitución tendría que ser tratada de forma diferente a las anteriores. Peor con un presidente que tiene un record demostrado de irrespeto por las leyes, con especial dedicatoria a la Constitución bajo la cual salió electo. Desde el primer día, cuando no juró respetarla en la toma de posesión el 15 de Enero del 2007. Actitud irónica la de Correa, demostrando un escrupuloso respeto por el código penal, una ley jerárquicamente inferior a la Carta Magna, al evitar cometer perjurio en la toma de posesión de su cargo, y, simultáneamente, probar su premeditada y alevosa intención de violar la ley suprema del Estado con total desprecio por la misma. No nos quejemos, luego, si este tipo de No-juramento, se convierte en norma protocolaria el la toma de posesión de cualquier cargo público a partir de hoy.
El oficialismo ya ha irrespetado los principios que proponen en continuas ocasiones. El Artículo 115 prohíbe el uso de los recursos y la infraestructura estatales, así como la publicidad gubernamental, para la campaña electoral. Esto no sólo no se cumplió, sino que su manifiesto incumplimiento ha sido denunciado por los observadores extranjeros, en concreto por los procedentes de la Unión Europea, en su informe.
Menos mal que dichos observadores no estuvieron presentes durante los 18 meses de campaña perpetua, tendríamos un informe de proporciones enciclopédicas. No faltarían menciones sobre eventos absurdos como el infame episodio del derrumbe del “falso infiernillo”, la participación del Presidente en actos totalmente superfluos e innecesarios desde cualquier punto de vista que no sea puramente electoralista, (como las sospechosas entregas de cheques tamaño sábana a madres y hermanos de partidarios políticos), los recursos ocupados en cada una de las matinées sabatinas que, con luz y taquígrafos, sobrepasan la función estrictamente informativa de las actividades presidenciales y son actos abiertamente electoralistas a favor del movimiento del oficialismo, las cadenas televisivas producidas con recursos del Estado para ser usadas con fines tan dudosos como atacar a comunicadores sociales o distorsionar hechos evidentes.
Recuerdo cómo me molestaba ver los letreros de las obras públicas con leyendas como “Obra de León”, o “Lapenti Trabaja”, que invitaban a imaginarse la improbable escena del Sr. Prefecto del Guayas, en camisa interior y mono azul, sudando la gota gruesa mientras imprimía, con sus manos, gris asfalto sobre el carretero. Aquellos letreros acholados son meras travesuras infantiles comparados con las tarimas regalonas o los actos mediáticos con la imprescindible foto del mandamás de Carondelet.
El mismo uso del slogan de campaña de Alianza País (“La Patria ya es de Todos”) es un acto proselitista tan despreciable como si quisieran imprimir el logo de AP en el papel membretado de los ministerios.
Con ese bagaje a sus espaldas, cabe esperar que las restricciones al uso de recursos públicos con fines proselitistas tampoco se cumplan en próximas elecciones, pero esperaremos a ver que pasa.
Parece inevitable que el artículo 117, sin embargo, sea el primero en sufrir la violación flagrante de su texto, ya que indica que “se prohíbe realizar reformas legales en materia electoral durante el año anterior a la celebración de elecciones”. Textualmente, el 117 implica que, de realizarse elecciones en los próximos 12 meses, como parece que quieren hacer en Febrero o Marzo próximos, todas las reformas que plantea la nueva Constitución para la elección de dignidades, comenzando por la autorización a la reelección Presidencial (una evidente reforma legal en materia electoral) son FLAGRANTEMENTE ANTICONSTITUCIONALES, pues vulneran el Artículo 117.
Si así comienzan con éste, no me juzguen si no deposito excesivas esperanzas en que respeten los otros 443 artículos.
